Un nuevo sistema de
gestión económica con arrendamiento de locales para
el trabajo por cuenta propia en los servicios gastronómicos
comenzará a implementarse en el país a partir del
próximo primero de diciembre, según anunciaron ayer
en conferencia de prensa autoridades de los ministerios de Comercio
Interior (MINCIN), Finanzas y Precios (MFP) y de Trabajo y Seguridad
Social (MTSS).
Estas
medidas, indicó Ada Chávez Oviedo, viceministra del
MINCIN, dan continuidad a la instrumentación del Lineamiento
308, referido a la introducción de formas no estatales de
gestión en el comercio; y abarcan tres resoluciones publicadas
en la Gaceta Oficial No. 50, del 6 de noviembre —junto a otras
disposiciones complementarias.
Además
de constituir una fuente de trabajo alternativa, señaló,
el nuevo modelo de gestión pretende estimular la calidad
de los servicios en la gastronomía.
PRINCIPIOS
Y CARACTERÍSTICAS
De
acuerdo con Chávez Oviedo, el arrendamiento de locales gastronómicos
se realizará de manera gradual. Por ese motivo se habilitarán
—inicialmente— unidades donde laboren de uno a cinco
trabajadores, comenzando por las provincias de Artemisa, Villa Clara
y Ciego de Ávila.
La
nueva forma de gestión, enfatizó, no significa el
despojo de los derechos del Estado sobre la propiedad de los inmuebles
arrendados, sino que mantiene los principios de carácter
general para los modelos de gestión en marcha que contemplan
esa propiedad, la de equipos y otros medios rentados, en manos del
Estado socialista.
Los
gastos en mantenimiento y reparaciones, así como el pago
por los servicios de electricidad, agua y telefonía, serán
asumidos por los trabajadores según la tarifa residencial.
Para
la incorporación al nuevo sistema serán priorizados
quienes laboren en los centros gastronómicos disponibles
para su arrendamiento y los que cumplan en ese momento el servicio
social.
En
el primero de los casos, explicó María del Carmen
Rodríguez, funcionaria del MTSS, los trabajadores que deseen
laborar como cuentapropistas deberán inscribirse en las Direcciones
Municipales de Trabajo y en el Registro de Contribuyentes de la
Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), según
su área de residencia.
Las
actividades que serán acogidas por ese sistema de gestión
son: elaborador-vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas
al detalle en puntos fijos de venta, trabajador contratado y elaborador
vendedor de alimentos y bebidas mediante el servicio gastronómico.
Esta última modalidad incluye, como elemento novedoso, la
comercialización de cigarros y tabacos—que serán
vendidos a los arrendatarios a precio minorista, con un descuento.
BASES
LEGALES Y TARIFAS IMPOSITIVAS
Un
elemento a no perder de vista en las relaciones que se establecerán
dentro del nuevo sistema de gestión es el contrato, instrumento
primordial a la hora de demandar atribuciones y exigir cumplimientos.
Según
advierten las recientes disposiciones, el contrato de arrendamiento
podrá ser firmado por un término de hasta diez años,
prorrogable por acuerdo entre las partes y sin posibilidad de subarrendar
a terceros.
Por
su parte, la funcionaria del MTSS indicó que en caso de la
suspensión de la licencia de cuentapropista al titular del
local arrendado, los trabajadores subcontratados no podrán
ejercer de forma independiente.
Sobre
los impuestos a pagar, Rafael González, miembro del Grupo
de Estudios Tributarios del MFP, significó que los nuevos
actores económicos estarán exonerados del gravamen
sobre los Ingresos Personales, los Servicios Públicos y por
la Utilización de la Fuerza de Trabajo, durante los tres
meses que siguen a su inscripción en el Registro de Contribuyentes
de la ONAT. En ese lapso, acotó, solo deberán pagar
su Contribución a la Seguridad Social, en los casos que corresponda.
Asimismo,
refirió que a los trabajadores que asuman la reparación
de los locales se les podrá eximir del pago del arrendamiento
por un periodo de hasta un año. Esa facilidad solo tendrá
vigencia durante el primer año de labor, y por una sola vez.
Otro
aspecto relevante, señalaron los funcionarios, resulta la
facultad de los Consejos de Administración Provincial para
establecer el procedimiento de determinación y aprobación
de las tarifas de arrendamiento de los locales, y la de sus homólogos
municipales, para fijarlas.
Esta
iniciativa, subrayó la viceministra del MINCIN, supone una
capacidad de decisión más efectiva y ajustada, por
parte de los gobiernos locales, a las problemáticas y características
de sus territorios.(R.Reloj)
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sábado, 10 de noviembre de 2012
EN CUBA LOCALES ESTATALES DE LA GASTRONOMÍA SERÁN ARRENDADOS A PARTICULARES
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