sábado, 10 de noviembre de 2012

EN CUBA LOCALES ESTATALES DE LA GASTRONOMÍA SERÁN ARRENDADOS A PARTICULARES



 Un nuevo sistema de gestión económica con arrendamiento de locales para el trabajo por cuenta propia en los servicios gastronómicos comenzará a implementarse en el país a partir del próximo primero de diciembre, según anunciaron ayer en conferencia de prensa autoridades de los ministerios de Comercio Interior (MINCIN), Finanzas y Precios (MFP) y de Trabajo y Seguridad Social (MTSS). 

Estas medidas, indicó Ada Chávez Oviedo, viceministra del MINCIN, dan continuidad a la instrumentación del Lineamiento 308, referido a la introducción de formas no estatales de gestión en el comercio; y abarcan tres resoluciones publicadas en la Gaceta Oficial No. 50, del 6 de noviembre —junto a otras disposiciones complementarias.

Además de constituir una fuente de trabajo alternativa, señaló, el nuevo modelo de gestión pretende estimular la calidad de los servicios en la gastronomía.

PRINCIPIOS Y CARACTERÍSTICAS
De acuerdo con Chávez Oviedo, el arrendamiento de locales gastronómicos se realizará de manera gradual. Por ese motivo se habilitarán —inicialmente— unidades donde laboren de uno a cinco trabajadores, comenzando por las provincias de Artemisa, Villa Clara y Ciego de Ávila.

La nueva forma de gestión, enfatizó, no significa el despojo de los derechos del Estado sobre la propiedad de los inmuebles arrendados, sino que mantiene los principios de carácter general para los modelos de gestión en marcha que contemplan esa propiedad, la de equipos y otros medios rentados, en manos del Estado socialista.

Los gastos en mantenimiento y reparaciones, así como el pago por los servicios de electricidad, agua y telefonía, serán asumidos por los trabajadores según la tarifa residencial.

Para la incorporación al nuevo sistema serán priorizados quienes laboren en los centros gastronómicos disponibles para su arrendamiento y los que cumplan en ese momento el servicio social.

En el primero de los casos, explicó María del Carmen Rodríguez, funcionaria del MTSS, los trabajadores que deseen laborar como cuentapropistas deberán inscribirse en las Direcciones Municipales de Trabajo y en el Registro de Contribuyentes de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), según su área de residencia.

Las actividades que serán acogidas por ese sistema de gestión son: elaborador-vendedor de alimentos y bebidas no alcohólicas al detalle en puntos fijos de venta, trabajador contratado y elaborador vendedor de alimentos y bebidas mediante el servicio gastronómico. Esta última modalidad incluye, como elemento novedoso, la comercialización de cigarros y tabacos—que serán vendidos a los arrendatarios a precio minorista, con un descuento.

BASES LEGALES Y TARIFAS IMPOSITIVAS
Un elemento a no perder de vista en las relaciones que se establecerán dentro del nuevo sistema de gestión es el contrato, instrumento primordial a la hora de demandar atribuciones y exigir cumplimientos.

Según advierten las recientes disposiciones, el contrato de arrendamiento podrá ser firmado por un término de hasta diez años, prorrogable por acuerdo entre las partes y sin posibilidad de subarrendar a terceros.

Por su parte, la funcionaria del MTSS indicó que en caso de la suspensión de la licencia de cuentapropista al titular del local arrendado, los trabajadores subcontratados no podrán ejercer de forma independiente.

Sobre los impuestos a pagar, Rafael González, miembro del Grupo de Estudios Tributarios del MFP, significó que los nuevos actores económicos estarán exonerados del gravamen sobre los Ingresos Personales, los Servicios Públicos y por la Utilización de la Fuerza de Trabajo, durante los tres meses que siguen a su inscripción en el Registro de Contribuyentes de la ONAT. En ese lapso, acotó, solo deberán pagar su Contribución a la Seguridad Social, en los casos que corresponda.

Asimismo, refirió que a los trabajadores que asuman la reparación de los locales se les podrá eximir del pago del arrendamiento por un periodo de hasta un año. Esa facilidad solo tendrá vigencia durante el primer año de labor, y por una sola vez.

Otro aspecto relevante, señalaron los funcionarios, resulta la facultad de los Consejos de Administración Provincial para establecer el procedimiento de determinación y aprobación de las tarifas de arrendamiento de los locales, y la de sus homólogos municipales, para fijarlas.

Esta iniciativa, subrayó la viceministra del MINCIN, supone una capacidad de decisión más efectiva y ajustada, por parte de los gobiernos locales, a las problemáticas y características de sus territorios.(R.Reloj)


No hay comentarios:

Publicar un comentario